Está Vd. en

Documento BORME-C-2011-30702

TROPICAL TURÍSTICA CANARIA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ACANTHUS MOLLIS, SOCIEDAD LIMITADA
VINCA MINORE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 32865 a 32865 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-30702

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y universales de Tropical Turística Canaria, Sociedad Limitada, Acanthus Mollis, Sociedad Limitada y Vinca Minore, Sociedad Limitada, celebradas el día 2 de septiembre de 2011, acordaron por unanimidad la escisión parcial de Tropical Turística Canaria, Sociedad Limitada, siendo Acanthus Mollis, Sociedad Limitada y Vinca Minore, Sociedad Limitada, las sociedades beneficiarias de la escisión parcial, que adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial de 30 de junio de 2011, depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. Como contravalor de la aportación no dineraria de los elementos del activo y pasivo que Tropical Turística Canaria, Sociedad Limitada, traspasa a favor de las sociedades beneficiarias de la escisión parcial, Acanthus Mollis, Sociedad Limitada y Vinca Minore, Sociedad Limitada, se llevan a cabo en éstas, sendas ampliaciones de capital, asumiendo los socios de la sociedad escindida las nuevas participaciones sociales que se crean en las sociedades beneficiarias en la misma proporción que la que ostentan en la sociedad escindida. El capital social de la sociedad escindida se reduce en la cuantía de 12.128.660,80 euros, mediante la amortización de 2.018.080 participaciones sociales de 6,01 euros de valor nominal. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho que asiste a sus acreedores de oponerse a la escisión parcial, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de escisión, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 44 de la LME.

Guía de Isora, 2 de septiembre de 2011.- El Secretario no Consejero de Tropical Turística Canaria, Sociedad Limitada, Bernardo García Granda y el Administrador único de Acanthus Mollis, Sociedad Limitada y Vinca Minore, Sociedad Limitada, Fernando Laynez Cerdeña.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid