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Documento BORME-C-2011-23666

INPLASO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SONSOLA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 118, páginas 25497 a 25497 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-23666

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público que en fecha 23 de mayo de 2011, las Juntas Generales y Universales de Socios de las sociedades "Inplaso, S.L." y "Sonsola, S.A. (en proceso de transformación de S.A. a S.L.) han decidido aprobar la fusión de ambas Compañías, mediante la absorción de esta última por la primera. En consecuencia, la sociedad absorbida, Sonsola, S.A., se disolverá sin liquidación, traspasando en bloque su patrimonio social a título universal, con todos sus derechos y obligaciones y elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo de la Sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, Inplaso, S.L., que se subrogará en su posición jurídica a todos los efectos, habiéndose aprobado, asimismo, en dicha fecha, los balances de fusión de ambas Compañías. La fusión se realiza con base en las cuentas de la Sociedad cerradas a fecha 31 de diciembre de 2010 y a 23 de mayo de 2011, teniendo en cuenta la reducción de capital y transformación de S.A. en S.L. de la Sociedad Sonsola, en virtud del acuerdo adoptado el 23 de mayo de 2011, en Junta Universal y por unanimidad.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, se pone de manifiesto que el acuerdo de fusión se aprueba sin necesidad de contar con un proyecto ni un balance de fusión y sin haber sido convocada la junta general de socios, ni haberse puesto a disposición de socios y titulares de derechos especiales la información establecida en el artículo 39 de dicha ley. No obstante lo anterior, se ha informado debidamente a los representantes de los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión total proyectada y, en particular, sobre las implicaciones que ésta tiene sobre el empleo.

Además, y sin perjuicio de lo anterior, los socios manifiestan que, a pesar de no ser preceptivo, los Administradores han realizado un proyecto de fusión del que han sido debidamente informados y cuyo contenido, a los efectos que proceda, han firmado sus redactores y los socios de ambas entidades absorbente y absorbida.

Como consecuencia de la fusión se aumenta el capital social de Inplaso, S.L. (sociedad absorbente) en la cifra de noventa y un mil doscientos cincuenta euros (91.250,00 euros), mediante la creación de noventa y un mil doscientos cincuenta (91.250) participaciones sociales de un euro (1,00 euro) de valor nominal, cada una de ellas. Se dio nueva redacción al artículo quinto de los Estatutos Sociales de la sociedad absorbente, manteniéndose la redacción de los restantes.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a solicitar el texto completo del acuerdo de fusión, que se encuentra a su disposición en los respectivos domicilios sociales, de acuerdo con los términos del artículo 44 de la Ley sobre Modificación Estructural de Sociedades; así como a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de este anuncio.

Arganda del Rey, 27 de mayo de 2011.- Pablo Gonzalo Pérez, en su doble condición de Administrador Único de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida.

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