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Documento BORME-C-2010-6616

GRUPO PEREA MORANTE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAMIONES PEREA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 62, páginas 7016 a 7016 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-6616

TEXTO

Según el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de socios de las mercantiles Grupo Perea Morante, S.L. y Camiones Perea, S.L.U celebradas en sus respectivos domicilios sociales en día 7 de febrero del 2010, decidieron por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de ambas sociedades después de aprobar los Balances de fusión, cerrados en ambos casos al 31-12-2009; siendo la sociedad absorbente Grupo Perea Morante, S.L. y la sociedad absorbida Camiones Perea, S.L.U, por lo que provocó la disolución sin liquidación de esta entidad, con la transmisión íntegra del patrimonio de la sociedad absorbida, Camiones Perea, S.L., a la sociedad absorbente, Grupo Perea Morante, S.L., que integrará, a título de sucesión universal, todos los elementos del Activo y Pasivo de la sociedad absorbida.

La Sociedad Grupo Perea Morante, S.L. se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la mercantil absorbida, quedando ésta disuelta y extinguida sin liquidación, de acuerdo con el proyecto común de fusión elaborado, suscrito por los Administradores únicos de las sociedades intervinientes, fijando como fecha de efectos contables a partir del 1 de mayo del 2010.

Asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión; y a los acreedores de cada una de las sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la mencionada Ley 3/2009.

Para los efectos de lo dispuesto en el art. 42 sobre el acuerdo unánime de fusión, se hace saber que el acuerdo de fusión se ha adoptado con la asistencia de todos ellos y fue aprobado por unanimidad.

Santisteban del Puerto, 30 de marzo de 2010.- Grupo Perea Morante, S.l., Alfonso Perea Morante y Camiones Perea, S.L.U., Ramón Perea Morante.

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