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Documento BORME-C-2010-27193

ROLOFF SPORT, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RIBERA DE CURTIDORES 21, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 167, páginas 28814 a 28814 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-27193

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con 25 de agosto de 2010, las Juntas Generales Universales de socios de las Sociedades Ribera de Curtidores 21, Sociedad Limitada Unipersonal y Roloff Sport, Sociedad Limitada, socio único de la primera, después de aprobar como Balance de Fusión de las sociedades participantes en la misma, cerrado a 31 de marzo de 2010, acordaron la fusión que se llevará a cabo mediante la absorción de la sociedad Ribera de Curtidores, 21, Sociedad Limitada Unipersonal, por parte de Roloff Sport, Sociedad Limitada, con extinción, vía disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque, a título universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del activo y del pasivo, y de todos los derechos y obligaciones.

Dado que las sociedades participantes en la fusión son sociedades de responsabilidad limitada y puesto que las Sociedades Ribera de Curtidores 21, Sociedad Limitada Unipersonal y Roloff Sport, Sociedad Limitada, socio único de la primera, adoptan unánimemente el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión, previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en la que Roloff Sport, Sociedad Limitada, absorberá a Ribera de Curtidores 21, Sociedad Limitada Unipersonal.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las citadas sociedades que participan en la fusión de obtener, gratuitamente, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 26 de agosto de 2010.- José Luis Pascual Grande, Administrador Único de las sociedades Roloff Sport, S.L. y Ribera de Curtidores 21, S.L.U.

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