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Documento BORME-C-2010-26501

NOROTO, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD SEGREGADA)
NOROTO INMOBILIARIA, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 152, páginas 28080 a 28080 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-26501

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, en relación con los artículos 42, 71 y 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta general y universal de socios de la sociedad "Noroto, Sociedad Anónima", celebrada el 16 de julio, adoptó, por unanimidad, el acuerdo escisión en su modalidad de segregación de parte del patrimonio de "Noroto, Sociedad Anónima", consistente en la rama de actividad inmobiliaria, con aportación íntegra de la misma a la sociedad de nueva creación "Noroto Inmobiliaria, Sociedad Limitada", cuya constitución se aprobó en el misma Junta, que adquirirá en bloque, por sucesión y a título universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a la rama de actividad segregada, sin que la sociedad segregada se extinga como consecuencia de la segregación, y recibiendo, a cambio, las participaciones sociales emitidas en la constitución de la sociedad beneficiaria de la segregación. Por tratarse de unos acuerdos adoptados en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, con la asistencia de todos los socios y por unanimidad, no son aplicables a esta operación las normas generales que sobre el proyecto y los Balances de segregación se establecen en la Ley 3/2009 de 3 de abril, ni aquellas relativas a la información prevista en el artículo 39 de esta misma ley. No obstante, se hace constar que la segregación se realiza con base al último balance anual aprobado. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir del a publicación del último anuncio de segregación.

Valencia, 19 de julio de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración de "Noroto, Sociedad Anónima", Don Ignacio Vicente Gurrea Rodríguez Flores.

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