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Documento BORME-C-2010-26291

PLASTIC OMNIUM SISTEMAS URBANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUDOPARC, SOCIEDAD LIMITADA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 27865 a 27865 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-26291

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas de las sociedades Plastic Omnium Sistemas Urbanos, Sociedad Anónima y Ludoparc, Sociedad Limitada, celebradas el día 30 de junio de 2010 aprobaron los Balances de Fusión al 31 de diciembre de 2009 de la sociedades Plastic Omnium Sistemas Urbanos, Sociedad Anónima, y Ludoparc, Sociedad Limitada, verificado por los auditores de la Sociedad, así como la fusión de la Sociedad Plastic Omnium Sistemas Urbanos, Sociedad Anónima, y Ludoparc, Sociedad Limitada, por absorción de esta última, en los términos expuestos en el Proyecto de Fusión aprobado por los Administradores de las Sociedades el 1 de junio de 2010 y depositado en el Registro Mercantil de Valencia. Al ser la sociedad absorbente Plastic Omnium Sistemas Urbanos, Sociedad Anónima, la única accionista de la compañía absorbida se produce una confusión de derechos que no hace necesaria la emisión de acciones con destino a canje. La fecha a partir de la cual las operaciones de "Ludoparc, Sociedad Limitada " se considerarán realizadas a efectos contables, por cuenta de "Plastic Omnium Sistemas Urbanos, Sociedad Anónima", será el 1 de enero de 2010. No se va a conceder ningún tipo de ventaja a favor de los administradores ni a favor de los expertos. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en la citada Ley, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que durante el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión tienen los acreedores en los términos previstos en dichos artículos.

Valencia, 28 de julio de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración de Ludoparc, S.L.

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