De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el día 1 de junio de 2010, las juntas generales extraordinarias y universales de «Proicar, Promotora Inmobiliaria Cardenas, S.L.U.», y de «Promociones Sevilla 2000, S.L.U.», han acordado, por unanimidad, en sus respectivos domicilios sociales, la fusión de las mismas, mediante la absorción de «Promociones Sevilla 2000, S.L.U.», por parte de «Proicar, Promotora Inmobiliaria Cardenas, S.L.U.», con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque a título de sucesión universal de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente, la cual queda subrogada en todos los derechos y obligaciones de aquélla. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de fusión; y el derecho de oposición a la fusión por los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes desde la publicación del último acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.
Sevilla, 29 de julio de 2010.- El Secretario del Consejo de Administración de la sociedad absorbente.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid