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Documento BORME-C-2010-15836

APARTAMENTOS SOLIFEMAR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COCKTELERIA SOLI, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 16836 a 16836 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2010-15836

TEXTO

Las Juntas Generales de socios de las sociedades participantes en la fusión, celebradas ambas con carácter universal el día 5 de febrero de 2010, acordaron la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la segunda en la primera, la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio traspasado. Todo ello de acuerdo con los Balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2009. Al ser una fusión impropia, no se procede a ampliación de capital alguna y por tanto no hay canje de participaciones.

De acuerdo con lo dispuesto en la legislación mercantil vigente sobre esta materia, se hace constar de forma expresa el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las entidades que se fusionan, así como de obtener la entrega o envío gratuito de los mismos.

Los acreedores podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de la Junta general.

Castelldefels, 3 de mayo de 2010.- María Carmen Bermejo González, Consejera Delegada "Apartamentos Solifemar, S.L." y Administradora Única de "Cockteleria Soli, S.L.U.".

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