Está Vd. en

Documento BORME-C-2009-6916

COMENGE BODEGAS Y VIÑEDOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 67, páginas 7322 a 7322 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-6916

TEXTO

El Consejo de Administración de Comenge Bodegas y Viñedos S.A. en su reunión celebrada el día 3 de Abril de 2.009, en su sede social, usando la autorización al Consejo de Administración de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria, celebrada el mismo día, para elevar el capital social hasta el 50% del actual en una o varias ampliaciones mediante aportaciones dinerarias, en el plazo máximo de cinco años, acordó, por unanimidad, aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican.

1.-Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de un millón doscientos noventa y tres mil seiscientos dieciséis euros y cuarenta y cuatro céntimos, (1.293.616,44€), es decir hasta la cifra de cuatro millones setecientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y cinco euros y seis céntimos (4.789.885,06€) mediante la emisión a la par de 215.244 nuevas acciones, números 581.743 a 796.986, ambos inclusive, de 6,01€ de valor nominal, cada una de ellas, con iguales derechos que las anteriores.

2.-Los accionistas de la compañía pueden usar su derecho de suscripción preferente en la proporción de 37 acciones nuevas por cada 100 antiguas. El valor nominal de las acciones deberá ser íntegramente desembolsado mediante aportaciones dinerarias en el momento de la suscripción, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Las acciones no suscritas serán ofrecidas por el órgano de administración, y por el plazo de quince días, a los restantes accionistas, procediéndose, en su caso, al prorrateo entre ellos tomando como base la proporción que les corresponde en el capital social antes del presente acuerdo para que, en idénticas condiciones a las acordadas, proceda a su suscripción y desembolso. En defecto de accionistas interesados, podrán ofrecerse por el órgano de administración, por igual plazo de quince días, a terceras personas ajenas a la sociedad.

Caso de no ser suscrito íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas, de conformidad con el artículo 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Curiel de Duero, Valladolid, 6 de abril de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración, Don Eugenio-Luis Muñoz Jiménez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid