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Documento BORME-C-2009-3529

CENTRAL DE CONTROL MÉDICO, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CENTROS SANITARIOS GENERAL, S.A.U.
GESTIÓ I PREVENCIÓ, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 44, páginas 3711 a 3711 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-3529

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las actas de decisiones de Socio Único de fecha 20 de febrero de 2009, de las sociedades unipersonales Central de Control Médico, Sociedad Limitada, Centros Sanitarios General, Sociedad Anónima y Gestió i Prevenció, Sociedad Limitada, se acordó la Fusión de las citadas sociedades, mediante la absorción de Centros Sanitarios General, Sociedad Anónima y Gestió i Prevenció, Sociedad Limitada por Central de Control Médico, Sociedad Limitada, lo que implicará la extinción y disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquellas.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados conforme al Proyecto de Fusión, redactado por los Administradores de las Sociedades participantes en la Fusión en fecha 15 de enero de 2009 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 28 de enero de 2009 y en el Registro Mercantil de Tarragona con fecha 4 de febrero de 2009.

En las actas de decisiones de Socio Único de las Sociedades participantes en la Fusión figura aprobado igualmente por unanimidad, adoptar como balances de fusión los cerrados a 30 de diciembre de 2008.

Dado que la Sociedad Absorbente Central de Control Médico, Sociedad Limitada y las Absorbidas Centros Sanitarios General, Sociedad Anónima y Gestió i Prevenció, Sociedad Limitada, tienen idéntico socio único, no procede aumento de capital alguno en dicha Sociedad Absorbente, ni por tanto, se crean nuevas participaciones sociales ni se establece relación de canje.

Las operaciones de las Sociedades Absorbidas se entenderán, a efectos contables, realizadas por la Absorbente, a partir del día 31 de diciembre de 2008.

Se advierte expresamente del derecho que corresponde a todos los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las acciones y/o participaciones sociales, a examinar en el domicilio social los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, así como el de obtener la entrega o envío gratuitos del texto íntegro de los mismos. Asimismo, se advierte a los representantes de los trabajadores que tienen a su disposición para su examen, en el domicilio social, los distintos documentos a que hace referencia el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como para los acreedores el derecho de oposición a que hace referencia el artículo 243 de la mencionada Ley.

Barcelona, 25 de febrero de 2009.- El Administrador Único de Central de Control Médico, Sociedad Limitada y Gestió i Prevenció, Sociedad Limitada, D. Manuel Subirana Pintanel, y el Administrador Único de Centros Sanitarios General, Sociedad Anónima, D. José Pablo Hortal Rosell.

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