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Documento BORME-C-2009-27930

ALBA DE IBERIA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 178, páginas 29792 a 29792 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-27930

TEXTO

Aumento de capital. Oferta de suscripción.

La Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día 26 de agosto de 2009, acordó llevar a cabo una ampliación de capital en las siguientes condiciones:

Primero-Importe de la ampliación: 3.521.860,00 euros, mediante la emisión de 58.600 acciones nominativas de 60,10 EUROS de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las anteriormente creadas por la sociedad, numeradas correlativamente del 48.782 al 107.381, ambas inclusive, y con una prima de emisión de 64 euros por acción (3.750.400,00 euros de prima de emisión total).

Segundo-Proporción: 1 acción nueva por cada 0,832440273 acciones antiguas.

Tercero-Plazo de suscripción preferente: un mes y dos días, a partir del día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" del presente anuncio.

Cuarto-Derechos políticos y económicos: los mismos que las actuales acciones de la sociedad, salvo el derecho al dividendo que será en proporción al capital desembolsado.

Quinto-Suscripción y desembolso: el desembolso en el sentido señalado a continuación se interpretará como equivalente a su suscripción y se realizará a través del ingreso en la cuenta de la sociedad abierta de la entidad "Deutsche Bank, Sociedad Anónima" (cuenta corriente n.º 0019 0489 80 4010011833), oficina sita en Vila-real (Castellón), calle Mayor de San Jaime n.º 46, del importe de 79,03 euros por cada acción (esto es, 15,03 euros en concepto de desembolso del 25,01% del valor nominal de cada acción más 64,00 euros en concepto de prima de emisión por cada acción creada). Respecto de la parte de capital suscrito y no desembolsado éste se desembolsará en dinero metálico dentro del plazo de cinco años a partir del día de adopción del presente acuerdo de aumento de capital, en una o varias veces, en la cuantía, forma y fechas que decida el Órgano de Administración de la sociedad.

Los accionistas que en virtud de la relación de canje anterior tengan derecho a un número no entero de nuevas acciones podrán agrupar sus acciones antiguas al efecto de completar la suscripción de nuevas acciones. En caso contrario tendrán derecho a suscribir únicamente el número entero de acciones que resulte de la proporción de canje. En caso de no suscribirse la totalidad de las acciones durante el período indicado, el capital social quedará ampliado en el importe efectivamente suscrito siempre y cuando las acciones efectivamente suscritas representen, al menos, el 45,00% del total de las acciones propuestas conforme al presente acuerdo de aumento de capital.

Benicàssim (Castellón), 1 de septiembre de 2009.- El Administrador Único. Don José Gómez Mata.

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