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Documento BORME-C-2009-26305

COMPAÑÍA ESPECIAL DE TRABAJOS Y SERVICIOS
AUTÓNOMOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GESPOCONT, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 28071 a 28072 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-26305

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que los socios únicos de las compañías Compañía Especial de Trabajos y Servicios Autónomos, Sociedad Limitada, y Gespocont, Sociedad Limitada, ejerciendo las competencias propias de la Junta General de Socios, al amparo de lo establecido en el artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en decisiones adoptadas el 30 de junio de 2009, han aprobado la fusión por absorción de Gespocont, Sociedad Limitada (como sociedad absorbida) por Compañía Especial de Trabajos y Servicios Autónomos, Sociedad Limitada (como sociedad absorbente), con extinción, por disolución sin liquidación de aquélla y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. La fusión se ha acordado sobre la base del Proyecto de Fusión elaborado por los Órganos de Administración de las compañías intervinientes en la fusión que fue depositado en el Registro Mercantil de Lugo el día 1 de junio de 2009.

La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas por tratarse de una fusión en la que la sociedad absorbente y la absorbida están íntegramente participadas por una tercera sociedad, Barcel Euro Gestión, Sociedad Limitada, no procediendo ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni elaboración del Informe de los Administradores sobre la fusión ni tampoco efectuar ningún canje, quedando las participaciones sociales de la compañía absorbida, con el otorgamiento de la correspondiente escritura pública de fusión, totalmente amortizadas. Se aprobaron los respectivos Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2008, y las operaciones de la absorbida se considerará realizada a efectos contables por cuenta de la absorbente desde el 1 de enero de 2009. No se otorga ni en el seno de la sociedad absorbente ni en el de la sociedad absorbida, acciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de las acciones. Tampoco el administrador de la sociedad absorbente ni de la absorbida no van a atribuirse ni reservarse ninguna clase de ventaja, derecho especial o retribución extraordinaria como consecuencia de la fusión.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de fechas 31 de diciembre de 2008, los cuales se encuentran a disposición de los socios y acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, en el domicilio social de ambas compañías. Y, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la última publicación del anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Lugo, 20 de julio de 2009.- El Administrador Único de Compañía Especial de Trabajos y Servicios Autónomos, Sociedad Limitada, y de Gespocont, Sociedad Limitada, Barcel Euro Gestión, Sociedad Limitada, Don Fernando Peralta Lechuga.

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