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Documento BORME-C-2009-23201

E.C.S. INTERNACIONAL ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
Y ECS SOLUTIS CIBERNÉTICA, S.R.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 24819 a 24819 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-23201

TEXTO

Anuncio de Fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el Accionista Único de E.C.S. INTERNACIONAL ESPAÑA, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal y la Junta General de Socios de ECS SOLUTIS CIBERNÉTICA, Sociedad de Responsabilidad Limitada, han aprobado el día 30 de junio de 2009 la fusión por absorción de ECS SOLUTIS CIBERNÉTICA, Sociedad de Responsabilidad Limitada, por E.C.S. INTERNACIONAL ESPAÑA, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal, tomando como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2008, aprobados respectivamente por el Accionista Único de E.C.S. INTERNACIONAL ESPAÑA, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal y por la Junta General de Socios de ECS SOLUTIS CIBERNÉTICA, Sociedad de Responsabilidad Limitada, (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y 227.2.5º del Reglamento del Registro Mercantil), ajustándose al proyecto de fusión con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida ECS SOLUTIS CIBERNÉTICA, Sociedad de Responsabilidad Limitada y traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente E.C.S. INTERNACIONAL ESPAÑA, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal.

A efectos contables, las operaciones realizadas por la sociedad absorbida se considerarán realizadas por la absorbente, a partir del día 1 de enero de 2009. No existen ni están previstos titulares de participaciones de clases especiales, ni tampoco otorgar derechos especiales distintos de las participaciones en ninguna de las sociedades fusionadas.

Se hace constar que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y de conformidad con los artículos 242 y 243 de la misma ley, se informa del derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, el cual deberá ser ejercitado, según la citada ley, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Sant Just Desvern, 30 de junio de 2009.- Jacques Felix Jean Rene Sorrel, como Presidente del Consejo de Administración de ECS SOLUTIS CIBERNÉTICA, Sociedad de Responsabilidad Limitada (sociedad absorbida) y como representante persona física de EUROPE COMPUTERS SYSTEMES, Sociedad Anónima, Presidente del Consejo de Administración de E.C.S. INTERNACIONAL ESPAÑA, Sociedad Anónima Sociedad Unipersonal (sociedad absorbente).

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