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Documento BORME-C-2009-19549

CORPORACIÓN DERMOESTÉTICA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 21004 a 21004 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-19549

TEXTO

Reducción de Capital Social.

El Consejo de Administración de «Corporación Dermoestética, Sociedad Anónima», en reunión celebrada el 30 de mayo de 2009, ha acordado, por unanimidad, ejecutar el acuerdo adoptado por la Junta General Ordinaria en esa misma fecha de reducir el capital social de la Compañía mediante la amortización de 54.426 acciones propias que la Compañía tenía en autocartera, íntegramente suscritas y desembolsadas, señaladas con el código de valor número ES0124204019.

Teniendo en cuenta que el valor nominal de cada acción de "Corporación Dermoestética, Sociedad Anónima" es de 0,1 euros (diez céntimos de euro), el importe total de la reducción de capital asciende a 5.442,60 euros. Como consecuencia de la reducción, el nuevo importe del capital social ha quedado fijado en 3.834.977,40 euros, representado por 38.349.774 acciones ordinarias con un valor nominal de 0,1 euros (diez céntimos de euro) cada una de ellas, totalmente desembolsado.

Ha quedado modificado, asimismo, el artículo 5 de los Estatutos Sociales, relativo al capital social, para reflejar el nuevo importe del capital y el número de las acciones en que se divide.

La reducción de capital, cuya finalidad es amortizar acciones propias en autocartera, no entraña devolución de aportaciones a los accionistas, por ser la propia Compañía la titular de las acciones amortizadas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 167.1.3. de la Ley de Sociedades Anónimas no existe derecho de oposición de acreedores en relación con la reducción de capital acordada, por haberse efectuado ésta con cargo a reservas libres y haberse destinado el importe del valor nominal de las acciones amortizadas a la constitución de una reserva por capital amortizado, de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social.

Todo lo cual se hace público a los efectos de lo establecido en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valencia, 2 de junio de 2009.- El Secretario del Consejo, Carlos Peiró Sendra.

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