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Documento BORME-C-2009-10428

ALT RUBÍ, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NIPPEN WORLD, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 11079 a 11079 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-10428

TEXTO

Anuncio de fusión

Las Juntas generales de accionistas y de socios, respectivamente, de las mercantiles “Alt Rubí, S.A.” y “Nippen World, S.L., Unipersonal”, celebradas con el carácter de universales el día 31 de Marzo de 2009, aprobaron por unanimidad tantos sus respectivos balances de fusión, de fecha 31 de Diciembre de 2008, como la fusión por la cual la sociedad “Nippen World, S.L., Unipersonal” (Sociedad Absorbida) traspasa en bloque su patrimonio (bienes, derechos y obligaciones) a la mercantil ya existente “Alt Rubí, S.A.” (Sociedad absorbente), adquiriendo ésta por sucesión universal el patrimonio de la Sociedad absorbida que quedará extinguida y disuelta sin liquidación.

La fusión descrita anteriormente se realiza conforme al Proyecto de Fusión conjunto suscrito por los Órganos de Administración de las compañías intervinientes en fecha 17 de Febrero de 2009 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 16 de Marzo de 2009, en el que se prevé que la fusión tendrá efectos contables a partir de la fecha de 1 de Febrero de 2009.

No se otorgan en la sociedad absorbente derechos para ningún tipo de acciones, ni existen en la sociedad absorbida titulares de derechos especiales distintos de las acciones a los que pudieran concederse derechos u oposiciones de cualquier clase en la sociedad absorbente. Tampoco se atribuyen en la sociedad absorbente ningún tipo de ventajas a favor de los Administradores de la sociedad absorbente o de la absorbida.

Se hace constar el derecho de los socios, trabajadores y acreedores de cualesquiera de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como también de los demás documentos relacionados con la fusión mediante su envío o entrega gratuita. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de tales acuerdos, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la referida Ley.

Barcelona, 23 de abril de 2009.- Don Antonio Rúbies Macià, Administrador Único de la sociedad “Alt Rubi, S.A.”, y don Jorge Tarragó Pujol, Administrador Solidario de la sociedad “Nippen World, S.L., Unipersonal”.

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