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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por decisión de los socios únicos de «Servidrum Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal» y de «Servidrum Andalucía, Sociedad Limitada Unipersonal» de fecha 5 de mayo de 2008 se aprobó unánimemente la fusión de las dos sociedades mediante la absorción por parte de «Servidrum Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal» de «Servidrum Andalucía, Sociedad Limitada Unipersonal» con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso de todos sus bienes, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Los acreedores de estas sociedades podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Cambrils (Tarragona), 5 de mayo de 2008.-Sergio Castán Marcé y Andreas Konrad Weiss, Administradores mancomunados de Servidrum Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal y de Servidrum Andalucía, Sociedad Limitada Unipersonal.-28.551. 1.ª 8-5-2008
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