Las Juntas generales universales de las citadas sociedades, celebradas ambas el 9 de octubre de 2007, acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades, mediante su extinción y transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios a la sociedad «Gaona Abogados Sociedad Limitada Profesional», de nueva creación, en los términos y condiciones contenidos en el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Málaga.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166.º de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Málaga, 18 de diciembre de 2007.-Los Administradores, Manuel Camas Jimena y Alberto Peláez Morales.-78.601. y 3.ª 4-1-2008
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