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Documento BORME-C-2008-242012

CINCO MÁS UNO, S. L. (Sociedad escindida) KYOINVEST 83, S. L. KAWA 92, S. L. 26NINE 81, S. L. CINCO MÁS UNO, S. L. (Sociedades beneficiarias de nueva creación) 6BONA 1955, S. L. U. RICABERTO, S. L. (Sociedades beneficiarias ya existentes)

Publicado en:
«BORME» núm. 242, páginas 41810 a 41811 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-242012

TEXTO

Anuncio de escisión total

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales de Socios celebradas con carácter de Universal en fecha de 5 de diciembre de 2008, de «Cinco Más Uno, Sociedad Limitada», y «Ricaberto, Sociedad Limitada», y el Socio Único de «6Bona 1955, Sociedad Limitada», unipersonal, en fecha de 5 de diciembre de 2008, adoptaron y decidieron por unanimidad, los acuerdos y decisiones de escisión total de «Cinco Más Uno, Sociedad Limitada», con la división de su patrimonio en seis partes, cada una de las cuales se transmite respectivamente en bloque a una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuatro de ellas de nueva creación que se denominarán «Kyoinvest 83, Sociedad Limitada», «Kawa 92, Sociedad Limitada», «26Nine 81, Sociedad Limitada», y «Cinco Más Uno, Sociedad Limitada» (que adoptará como denominación social la de la sociedad que se escinde), y dos ya existentes denominadas «Ricaberto, Sociedad Limitada», y «6Bona 1955, Sociedad Limitada», unipersonal, que aumentarán su cifra de capital social en el importe correspondiente. Las seis sociedades beneficiarias se subrogarán en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida, que se extinguirá como consecuencia de la escisión. Las nuevas participaciones sociales de cada una de las seis sociedades beneficiarias serán adjudicadas a los socios de la sociedad escindida, «Cinco Más Uno, Sociedad Limitada», en proporción a su participación en el capital social de ésta.

Se hace público el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptados, así como del Balance de Escisión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sabadell (Barcelona), 5 de diciembre de 2008.-El Administrador Único de «Cinco Más Uno, Sociedad Limitada», y de «6Bona 1955, Sociedad Limitada», unipersonal, Francisco Bombardó Navines, y los Administradores Mancomunados de «Ricaberto, Sociedad Limitada», Ricardo Bombardó Riba y Roberto Bombardó Riba.-72.038. 2.ª 18-12-2008

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