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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el Socio Único de «Nyesa Explotaciones Hoteleras, Sociedad Limitada Unipersonal», y de «Nyesa Servicios Residenciales, Sociedad Limitada Unipersonal», acordaron el día 19 de noviembre de 2008 aprobar la fusión por absorción de «Nyesa Servicios Residenciales, Sociedad Limitada Unipersonal» por parte de Nyesa Explotaciones Hoteleras, Sociedad Limitada Unipersonal», con la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social en favor de la sociedad absorbente.
Se hace constar que los socios y acreedores de cada una de las sociedades tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptados y de los balances de fusión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Zaragoza, 20 de noviembre de 2008.-Don José Luis Bartibás Herrero, Administrador único de Nyesa Explotaciones Hoteleras, Sociedad Limitada Unipersonal y Nyesa Servicios Residenciales, Sociedad Limitada Unipersonal.-68.374. y 3.ª 28-11-2008
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