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Documento BORME-C-2008-215012

ASOCIACIÓN EUROPEA, COMPAÑÍA DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 36911 a 36911 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-215012

TEXTO

La Junta general extraordinaria de accionistas de la mercantil «Asociación Europea, Compañía de Seguros, Sociedad Anónima,» y Código de Identificación Fiscal número A-28026482, celebrada en el domicilio en Madrid, calle Puerta del Sol, 13, en primera convocatoria, el día 23 de septiembre de 2008, se acordó por mayoría de los socios presentes y representados en la Junta, y que representaban el 81,7 por ciento del capital social, aumentar el capital social en la cantidad de 3.500.000,91 euros. El aumento se llevará a efecto mediante la emisión y puesta en circulación de 1.162.791 nuevas acciones nominativas de 3,01 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 789.841 a la 1.952.271, ambas inclusive, de igual clase y serie que las existentes. A los efectos de ésta ampliación de capital, al importe total de la ampliación se aplicará la cantidad de 809.029,86 euros, desembolsado por determinados socios como aportación no reintegrable, según consta en escritura otorgada el día 28 de diciembre de 2008, ante el Notario de Madrid don Antonio Pérez-Coca Crespo, el 28 de diciembre de 2007, con número 5446 de su orden de protocolo. Así mismo se acuerda, a efectos de ésta ampliación, que los antiguos socios titulares del derecho de adquisición preferente, previsto en el artículo 158 del Texto Refundido de la ley de Sociedades Anónimas, en relación al artículo 7.º de los Estatutos sociales, gocen, para el ejercicio del mismo, del plazo de 1 mes desde la fecha de publicación del anuncio de ampliación de capital en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», para el ejercicio del derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean, debiendo remitirse el justificante de ingreso en la cuenta bancaria de la sociedad, al domicilio social, con carácter previo al vencimiento del plazo de desembolso del capital objeto de ampliación, con el correspondiente certificado expedido por la entidad bancaria. Si en el plazo concedido para el ejercicio del derecho de suscripción preferente no se suscriben todas las acciones, se concede otro de 10 días para que los accionistas, que lo hubiesen solicitado, suscriban las restantes en las mismas condiciones de emisión. En el caso en que el aumento de capital no se suscriba íntegramente en el plazo fijado, la ampliación será suscrita por nuevos accionistas, habiéndose delegado en el órgano de administración la facultad de valorar la idoneidad de los nuevos socios y autorizar el ingreso de los mismos. En la suscripción de la ampliación mediante la entrada de nuevos accionistas se establece una prima de emisión que se emite, delegándose la fijación de su importe en el órgano de administración.

En el caso de que el aumento no se suscriba y desembolse íntegramente en el plazo fijado, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, quedando facultado el órgano de administración para que, una vez ejecutado el aumento, proceda a su formalización dando nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos sociales, habiéndosele facultado por la Junta general, así mismo, para fijar las condiciones del aumento en todo lo que no acuerde la Junta o lo no previsto en la misma.

Madrid, 8 de octubre de 2008.-El Secretario no Consejero, Jorge Belsué Millán.-63.477.

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