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Documento BORME-C-2008-185027

ELVIA TRAVEL INSURANCE INTERNATIONAL, N.V. (Sociedad absorbente) MONDIAL ASSISTANCE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.U. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 185, páginas 30927 a 30928 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-185027

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, con fecha 26 de septiembre de 2008, Elvia Reiseversicherungs-Gesellschaft A.G., en su condición de Accionista Único de Mondial Assistance Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, ha aprobado la fusión entre las sociedades Elvia Travel Insurance International, N.V. y Mondial Assistance Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, mediante la absorción de esta última por la primera, con disolución, sin liquidación de Mondial Assistance Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima., y en consecuencia, ésta última dejará de existir y Elvia Travel Insurance International, N.V. adquirirá en bloque los activos y pasivos de Mondial Assistance Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima, como sucesora universal. Todo ello de conformidad con los términos establecidos en el Proyecto de Fusión redactado por los administradores de ambas sociedades y conforme al procedimiento de fusión regulado por la Sección Segunda del Capítulo VIII de la Ley de Sociedades Anónimas y la especialidad contemplada en el artículo 250 de dicha Ley, al ser la sociedad absorbente y la sociedad absorbida filiales al 100 por 100 de la misma sociedad, esto es, Elvia Reiseversicherungs-Gesellschaft A.G. La efectividad de la fusión ha quedado condicionada a la obtención de la pertinente autorización de dicha operación por las autoridades reguladoras competentes en España. Se hace constar que, conforme a la legislación holandesa, el Proyecto de Fusión, una vez suscrito por los órganos de administración y supervisión de Elvia Travel Insurance International, N.V. y depositado en el Registro Mercantil holandés, no requiere aprobación separada por parte del accionista único de dicha sociedad. En este sentido, está previsto que el Accionista Único de Elvia Travel Insurance International N.V., esto es, Elvia Reiseversicherungs-Gesellschaft A.G. resuelva sobre la aprobación de la fusión entre ambas sociedades una vez haya transcurrido el período de oposición de acreedores en Holanda y se hayan obtenido por las compañías partícipes en la fusión las preceptivas autorizaciones por los órganos reguladores competentes. En este sentido, se hace constar que, de conformidad con el artículo 2:316 del Código Civil holandés, cada acreedor puede oponerse al proyecto de fusión por medio de la presentación de un requerimiento ante el Tribunal del Distrito de Ámsterdam, indicando el crédito en cuestión, y en el plazo de un mes a partir de la fecha en que las sociedades partícipes de la fusión hayan depositado el Proyecto de Fusión en sus respectivos Registros Mercantiles y en los domicilios de las sociedades que se fusionan. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades involucradas en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de ambas sociedades, en los términos previstos en dichos artículos.

Ámsterdam, Madrid, 26 de septiembre de 2008.-D. W.A Snijders D. C. Bunschoten, Miembros del Consejo de Administración.-Elvia Travel Insurance International, N.V., D. Didier Rene Robert Joseph Lebrel, Presidente del Consejo de Administración. Mondial Assistance Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima.-56.012.

1.ª 29-9-2008

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