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Documento BORME-C-2008-140082

HERMES CONSULTORES DE COMUNICACIÓN, S. L. (Sociedad absorbente) SURIDER, S. L. MERCURIO CONSULTORES DE COMUNICACIÓN, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 22808 a 22808 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-140082

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, en virtud de la remisión hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2008, los socios de «Hermes Consultores de Comunicación, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente), los socios de «Surider, Sociedad Limitada» y el Socio Único de «Mercurio Consultores de Comunicación, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) (sociedades absorbidas), aprobaron la fusión por la que «Hermes Consultores de Comunicación, Sociedad Limitada» absorbe a «Surider, Sociedad Limitada» y «Mercurio Consultores de Comunicación, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal). Los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes son los cerrados a 31 de diciembre de 2007. La fusión se acordó sobre la base del Proyecto de Fusión suscrito por el Administrador Único de todas las sociedades intervinientes, el día 16 de junio de 2008, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y con los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes cerrados el 31 de diciembre de 2007, siendo ambos documentos aprobados por la Junta General de socios de la Sociedad absorbente y por la Junta General de socios y el Socio Único, respectivamente, de las Sociedades absorbidas, con fecha 30 de junio de 2008. La fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades absorbidas se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de «Hermes Consultores de Comunicación, Sociedad Limitada» (Sociedad absorbente), será, según resulta del citado Proyecto de Fusión, la fecha de presentación a inscripción de la escritura de fusión en el Registro Mercantil de Madrid.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión, en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Madrid, 30 de junio de 2008.-D. José María Urquijo Olaso, Administrador Único de Hermes Consultores de Comunicación, S.L., Surider, S.L. y Mercurio Consultores de Comunicación, S.L. (Sociedad Unipersonal).-45.634.

y 3.ª 23-7-2008

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