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Documento BORME-C-2008-119021

CIE AZKOITIA, S. L. (Sociedad absorbente) GRUPO RECYDE, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 19848 a 19848 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-119021

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicable a las sociedades de responsabilidad limitada por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), se hace público que mediante decisión de la Junta General de Socios de Cie Azkoitia Sociedad Limitada y del socio único de Grupo Recyde, Sociedad Limitada Unipersonal, se aprobó el 9 de junio de 2008 el proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las sociedades citadas con fecha de 30 de mayo de 2008 y, en consecuencia, la fusión por absorción de Grupo Recyde, Sociedad Limitada Unipersonal, y transmisión en bloque de su patrimonio a Cie Azkoitia, Sociedad Limitada, como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando ésta subrogada en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas. De igual manera, las citadas decisiones de Junta General de Socios y de socio único, respectivamente, aprobaron como balance de fusión el cerrado al 31 de diciembre de 2007, verificado por los auditores de cuentas de cada sociedad. De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.

De igual manera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la misma Ley citada, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto en relación con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Andoain (Gipuzkoa) y Legutiano (Álava), 10 de junio de 2008.-Don Roberto Alonso Ruiz, Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.-40.691. 2.ª 24-6-2008

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