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Documento BORME-C-2008-102070

FIOCHI ESTIBADORES, S. A. Unipersonal (Sociedad parcialmente escindida) CISNA, S. L. Unipersonal (Sociedad beneficiaria de la escisión ya existente)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 17193 a 17194 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-102070

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

Se comunica la escisión parcial de «Fiochi Estibadores, S. A.» (unipersonal), que, sin extinguirse, segrega una parte de su patrimonio, que traspasa en bloque a la sociedad beneficiaria ya existente «Cisna, S. L.» (unipersonal), la cual quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones del patrimonio (activo y pasivo) que le traspasa la escindida y, simultáneamente, como consecuencia y por efecto de la escisión parcial, «Fiochi Estibadores, S. A» (unipersonal), reduce sus reservas disponibles en 895.010,00 euros y su capital social en 10.102,00 euros, mediante la reducción del valor nominal de sus 100 acciones en 101,02 euros pasando de los actuales 601,02 euros a 500,00 euros; y, simultáneamente, «Fiochi Estibadores, S. A.» (unipersonal), aumenta su capital en 286.000,00 euros, con cargo a reservas disponibles, mediante la emisión de 572 nuevas acciones de 500,00 euros, quedando finalmente su capital social establecido en 336.000,00 euros, dividido en 672 acciones nominativas de 500,00 euros de valor nominal. Todo ello, con efectos contables de la escisión de fecha uno de enero de dos mil ocho, según los acuerdos adoptados, por decisión de su accionista/socio único, por la Junta general extraordinaria de accionistas de «Fiochi Estibadores, S. A.» (unipersonal), y la Junta General de socios de «Cisna, S. L.» (unipersonal), celebradas ambas, con carácter universal, el día 27 de mayo de 2008, en base al balance de escisión parcial de la Sociedad escindida de fecha 31 de diciembre de 2007 y de acuerdo con el proyecto de escisión parcial de 30 de abril de 2008 depositado en el Registro Mercantil de Cantabria. Expresamente se manifiesta el derecho que asiste a todos los accionistas/socios y acreeedores a obtener el texto íntegro de los acuerdo adoptados y del balance de escisión parcial, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos previstos en los artículos 243 y 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Santander (Cantabria), 27 de mayo de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración de ambas sociedades, Andrés Gómez Bueno.-36.564. 1.ª 29-5-2008

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