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Documento BORME-C-2007-212040

CORPORACIÓN INMOBILIARIA INTERNACIONAL, S. L. (Sociedad escindida parcialmente) RENT 2007, S. L. (Sociedad beneficiaria preexistente)

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 37851 a 37851 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-212040

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En virtud de lo expuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedad Limitadas, se hace público que las Juntas generales y universales de socios de Corporación Inmobiliaria Internacional, Sociedad Limitada y Rent 2007, Sociedad Limitada, en los términos previstos en el proyecto de escisión parcial depositado el día 15 de octubre de 2007 en el Registro Mercantil de Barcelona, mediante segregación de parte de su patrimonio, consistente en Activos y Pasivos necesarios par el desarrollo de la rama de actividad autónoma de alquiler de viviendas, que pasará a la sociedad beneficiaria preexistente Rent 2007, Sociedad Limitada, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión. El reparto entre los socios de la sociedad escindida de las participaciones que les corresponden en la sociedad beneficiaria, se atribuirán en contraprestación a los socios de la primera, los cuales recibirán un número de títulos proporcional a sus respectivas participaciones, no siendo necesaria la reducción de capital en la sociedad escindida ya que dispone de reservas de libre disposición en la cuantía necesaria para realizar la citada operación. Como consecuencia de la escisión parcial, por cada participación de la sociedad escindida Corporación Inmobiliaria Internacional, Sociedad Limitada, se entregarán 2,52 participaciones de la sociedad beneficiaria Rent 2007, Sociedad Limitada.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores de la sociedad y representantes de los trabajadores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión. Los acreedores de la sociedad escindida pueden oponerse a la escisión conforme al artículo 243.1 de la Ley de Sociedades Anónimas en el plazo de un mes a partir de la publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de escisión.

Barcelona, 25 de octubre de 2007.-Administradores, Héctor Gil García y Eva María Gil García.-66.309.

1.ª 5-11-2007

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