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Documento BORME-C-2007-201112

PERIODISTA DIGITAL, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 35808 a 35808 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-201112

TEXTO

Anuncio de apertura del período del ejercicio del derecho de suscripción preferente consiguiente al anuncio del capital social

La Junta General Extraordinaria de Periodista Digital, S. L., celebrada el 14 de septiembre de 2007, acordó ampliar el capital social en doscientos mil euros mediante la puesta en circulación de doscientas mil participaciones de un euro de valor nominal cada una que serán desembolsadas íntegramente mediante participaciones dinerarias. Las participaciones que se emitan serán iguales a las anteriores y atribuyéndose los mismos derechos, en las siguientes condiciones: Primero.-Los socios podrán suscribir las nuevas participaciones, por su valor, en proporción a su actual porcentaje de participación en la sociedad. En el momento de la suscripción se desembolsará el cien por cien del valor de las participaciones suscritas mediante ingreso en efectivo en la cuenta corriente de la compañía abierta en el BBVA con el número 0182-7911-63-0201549519. El plazo de suscripción de esta primera vuelta finalizará un mes y un día después de la publicación de este anuncio.

Segundo.-»Segunda vuelta»: transcurrido el plazo de un mes y un día arriba señalado, las participaciones que no hayan sido suscritas podrán serlo entre los socios que hayan ejercitado su derecho de suscripción preferente. En tal caso, la sociedad les comunicará por escrito el número de participaciones no suscritas. Para la asunción y desembolso de dichas participaciones se concede un plazo de doce días, contados desde la finalización del plazo señalado para la asunción preferente en «primera vuelta». Si son varios los socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, estas se adjudicarán entre ellos en proporción a su participación en la sociedad de forma que puedan ser asumidas la totalidad de las participaciones de que consta la ampliación por todos los socios interesados. Se faculta al Órgano de Administración, para que complete en la medida que fuese necesario, las condiciones de la ampliación acordada. Si el aumento de capital no llegase a ser íntegramente suscrito dentro del plazo previsto, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas. Se recuerda a los señores socios que podrán obtener de la sociedad de forma inmediata y gratuita los documentos e información relativa a la ampliación de capital acordada.

Se delegará en el Órgano de Administración la ejecución del resto de condiciones derivadas del acuerdo de la Junta General y, además, queda facultado para dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital social, una vez acordado y ejecutado el aumento en su totalidad o en parte, formalizando las escrituras públicas a que haya ligar hasta la definitiva inscripción de ese aumento de capital.

Madrid, 3 de octubre de 2007.-Administrador único, David Rojo López.-62.099.

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