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Documento BORME-C-2006-70122

GARSAN INGENIEROS CONSULTORES, S. L. (Sociedad parcialmente escindida) SANDRIN FAM, S. L. (Sociedad beneficiaria a constituir)

Publicado en:
«BORME» núm. 70, páginas 11244 a 11244 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-70122

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la junta general extraordinaria y universal de socios, de la mercantil «Garsan Ingenieros Consultores, Sociedad Limitada», celebrada en el domicilio social el día 9 de marzo de 2006, acordó por unanimidad de los socios la escisión parcial de la compañía, mediante la segregación de una parte de su patrimonio, constituida por el cien por cien de las participaciones sociales de la mercantil «Valsan Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada»; el ochenta por ciento de las participaciones sociales de la mercantil «Prosan Producciones, Sociedad Limitada»; y el ochenta y cinco por ciento de las participaciones sociales de la mercantil «Aslesan Construcciones y Contratas, Sociedad Limitada», con sus pasivos afectos; y traspaso a una sociedad de nueva creación denominada «Sandrin Fam, Sociedad Limitada», que se constituye con un capital social de 88.414 euros, emitiéndose una prima de emisión global de 46.528,5 euros. La sociedad escindida reduce capital social y reservas voluntarias en la cuantía necesaria, todo ello en los términos contenidos en el proyecto de escisión parcial redactado y suscrito con fecha 1 de febrero de 2006 por el administrador único de «Garsan Ingenieros Consultores, Sociedad Limitada», y que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid, con fecha 23 de febrero de 2006, así como en el balance de escisión parcial, de fecha 30 de noviembre de 2005.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial y del balance de escisión parcial. Asimismo, los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la escisión parcial, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 27 de marzo de 2006.-El administrador único de «Garsan Ingenieros Consultores, Sociedad Limitada», Manuel Lorenzo García Sancet.-16.533.

1.ª 10-4-2006

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