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Documento BORME-C-2006-60086

RUBALCA TRANSFORMACIÓN DE ELASTÓMEROS, S. L. (Sociedad escindida parcialmente) RUBALCA MEZCLA DE ELASTÓMEROS, S. L. (Sociedad beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 9459 a 9459 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-60086

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

Se hace público que en la Junta universal de socios de la entidad «Rubalca Transformación de Elastómeros, Sociedad Limitada» celebrada el 6 de febrero de 2006, se aprobó por unanimidad, previo informe de los Administradores, la escisión parcial de «Rubalca Transformación de Elastómeros, Sociedad Limitada», mediante la segregación de parte de su patrimonio a la sociedad «Rubalca Mezcla de Elastómeros, Sociedad Limitada», según consta en el proyecto de escisión procediendo a escindir parte de su actividad con cargo a reservas de libre disposición, por importe de 43.740,26 euros, sin proceder a la reducción de su capital social, y como canje entregara 4.320 participaciones sociales de 10 euros de valor nominal cada una de la sociedad expresamente creada como beneficiaria de patrimonio escindido, formando un capital social de 43.200 euros, todo ello en proporción a las participaciones de los actuales socios, con una prima de emisión de 540,26 euros lo que representa una prima de emisión de 0,12506 euros. En consecuencia se efectuará el canje y a reducción de las reservas de libre disposición y la entrega de participaciones sociales de la sociedad beneficiaria, en la proporción de 1 participación de ésta última por cada una de las que se tengan en la sociedad escindida. La totalidad de las operaciones realizadas en relación con la parte del patrimonio que se segrega, se considerarán realizadas a efectos contables, por la sociedad beneficiaria a partir de la inscripción de la escritura de escisión en el Registro Mercantil. No existe, ni en la sociedad escindida ni en la sociedad beneficiaria, titulares de ninguna clase derechos especiales distintos de las participaciones, ni se otorgan ventajas de ninguna clase a favor de los Administradores, de las sociedades partícipes en la escisión parcial.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a socios, accionistas, trabajadores y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales, así como el derecho de oposición durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 15 de marzo de 2006.-Los Administradores Mancomunados de la mercantil «Rubalca Transformación de Elastómeros, Sociedad Limitada, Antonio Riesco Alonso y Carlos Alonso Riccio.-13.996. 2.ª 28-3-2006.

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