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Documento BORME-C-2006-60029

FRONTERA 96, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) GECAREMI, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 60, páginas 9451 a 9452 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-60029

TEXTO

Acuerdo de escisión

De conformidad con lo establecido en los artículos 253, 254 y 255 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, así como lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las respectivas Juntas generales de socios de «Frontera 96, Sociedad Limitada» y «Gecaremi, Sociedad Limitada» se acordó por unanimidad en ambos casos, la escisión de la sociedad «Frontera 96, Sociedad Limitada» como sociedad a escindir y «Gecaremi, Sociedad Limitada» como sociedad beneficiaria de la escisión, mediante la división en dos partes iguales del capital social con sus correspondientes derechos y obligaciones. Las operaciones, se considerarán realizadas a efectos contables, luego del día 31 de agosto de 2005, los acuerdos se han adoptaron en atención al proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife con fecha del día 4 de noviembre de 2005.

San Cristóbal de La Laguna, 20 de diciembre de 2005.-Los Administradores Mancomunados de Frontera 96, Sociedad Limitada, don Emiliano Hernández Padrón, don Rafael Muñoz Rodríguez, don Emiliano Rafael Hernández Muñoz y doña Genoveva Hernández Muñoz.-14.299. 1.ª 28-3-2006

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