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Documento BORME-C-2006-222113

POLICLÍNICA GIPUZKOA, S. A

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 38442 a 38443 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-222113

TEXTO

Convocatoria de Junta general extraordinaria

Por acuerdo del Consejo de Administración de Policlinica Gipuzkoa, Sociedad Anónima, se convoca Junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad a celebrar, a las 13 horas, el día 27 de diciembre de 2006, en primera convocatoria y, en su caso, el siguiente día a la misma hora en segunda, en el domicilio social, Paseo de Miramón número 174, Donostia-San Sebastián, al objeto de deliberar y decidir sobre el siguiente

Orden del día

Primero.-Aplicación a Policlinica Gipuzkoa, Sociedad Anónima, a partir del ejercicio 2007, del Régimen de Consolidación Fiscal al que se refiere el artículo 71 y siguientes del Capítulo IX del Título VIII de la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa. Segundo.-Delegación de facultades para la ejecución del anterior acuerdo.

Derecho de asistencia y representación: Tendrán derecho de asistencia a la Junta general los titulares de acciones que, con cinco días de antelación, hayan efectuado el depósito de sus acciones en la Caja Social o acrediten tenerlas depositadas en algún establecimiento bancario o las tenga inscritas en el Registro de acciones nominativas. Los accionistas con derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta general por medio de otro accionista, siempre que éste no represente a persona jurídica, con sujeción a las formalidades y límites previstos en la Ley de Sociedades Anónimas. Se exceptúan los supuestos de representación a que se refiere el artículo 108 de la Ley de Sociedades Anónimas. Si se publicase un complemento a la presente convocatoria, los accionistas que hubiesen delegado su representación, podrán: (i) conferir de nuevo la representación con las correspondientes instrucciones de voto, respecto de la totalidad de los puntos del orden del día (incluyendo tanto los puntos iniciales como los nuevos puntos incorporados mediante el complemento) , en cuyo caso se entenderá revocada y quedará sin efecto alguno la representación otorgada con anterioridad; o (ii) completar las correspondientes instrucciones de voto al representante inicialmente designado (debiendo ser éste el mismo no pudiendo designarse otro) únicamente respecto de los nuevos puntos del orden del día incorporados mediante el complemento, por el mismo medio empleado en la delegación conferida originalmente.

Acta notarial. Se hace constar que, como es habitual, los Administradores han acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta general.

Donostia-San Sebastian, 20 de noviembre de 2006.-Por el Consejo de Administración, el Presidente, Roque Ascoz Lázaro.-67.149.

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