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Documento BORME-C-2006-188096

SUNSHINE JET, S. L. (Sociedad absorbente) SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN TURÍSTICA LOS ALMENDROS, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 31805 a 31805 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-188096

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas el 25 de agosto de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión mediante la absorción de «Servicios de Explotación Turística los Almendros, S. L.» (Sociedad Unipersonal), por «Sunshine Jet, S. L.» con la consecuente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición en bloque de su patrimonio social por la sociedad absorbente, sobre la base de los Balances cerrados a 6 de abril de 2006 y conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas. El tipo de canje, así como el método utilizado en las valoraciones y el procedimiento para el canje de los títulos se encuentra expresamente recogido en el citado Proyecto. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables desde el 6 de abril de 2006. No existen en las sociedades intervinientes en la fusión participaciones, con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente derechos especiales como consecuencia de la fusión. No se otorga ventaja alguna a los Administradores de las sociedades fusionadas. La sociedad absorbente amplía su objeto social incorporando las actividades desarrolladas por la sociedad absorbida; en consecuencia, se modifica el artículo 2.º de los Estatutos Sociales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades participantes en la fusión de obtener el texto integro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como, de oponerse a dicha fusión en los términos previstos en el artículo 168 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

San Bartolomé de Tirajana, 31 de agosto de 2006. Los Administradores Solidarios de las sociedades fusionadas, Fernando Cañizares Navarro y Jaime Baelo Esteban.-55.060. 2.ª 29-9-2006

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