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Documento BORME-C-2006-101047

CHAMIZOS S. L. (Sociedad absorbente) LA TRASTIENDA, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 17563 a 17564 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-101047

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el Artículo 242 de la ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Universal de accionistas y socios de las referidas sociedades, acordaron respectivamente, el 31 de marzo de 2006, los siguientes acuerdos de fusión. La fusión de la mercantil Chamizos Sociedad Limitada y la entidad La Trastienda Sociedad Anónima, por absorción de esta última por parte de la primera, con disolución sin liquidación de la compañia absorbida y la asunción en bloque por la Sociedad Absorbente de todos los derechos, activos y pasivos y obligaciones dimanantes de la sociedad absorbida y sin ampliación de capital de la Sociedad absorbente. La citada fusión fue aprobada conforme a los balances de fusión de las correspondientes compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2005, y al proyecto de fusión conjunto depositado en los registros Mercantiles de Madrid y Cáceres los días 23 de enero de 2006 y 9 de marzo de 2006. Las operaciones de las sociedades absorbidas se consideran realizadas a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente a partir de 1 de enero de 2006. No existirán en la sociedad absorbente titulares de acciones de clases especiales o que tengan derechos especiales distintos de las acciones. No se atribuirá ninguna clase de ventajas en relación con los Administradores de las sociedades que se fusionan.

De conformidad con lo previsto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto integro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos que resultan de los citados preceptos y Artículo 166 de la ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 10 de mayo de 2006.-El Administrador Único de las Sociedades intervinientes Antonio Felipe Machuca Sánchez.-31.661.

1.ª 29-5-2006

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