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Documento BORME-C-2005-95225

IRISBUS HOLDING, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 13897 a 13898 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-95225

TEXTO

Convocatoria de Junta General

Se convoca Junta General de la sociedad Irisbus Holding, S.L. (Sociedad Unipersonal), que tendrá lugar en el domicilio social, el próximo 30 de junio de 2005, a las 9 horas, en primera convocatoria y, en segunda convocatoria, al día siguiente, en el mismo lugar y hora, para deliberar y adoptar los acuerdos que procedan en relación con el siguiente

Orden del día

Primero.-Aprobación, en su caso, del balance de fusión. Segundo.-Aprobación, en su caso, de la fusión por absorción de las sociedades Iveco Pegaso, S.L. e Irisbus Ibérica, S.L. (Sociedades éstas absorbidas) por Irisbus Holding, S.L. (Sociedad absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de aquellas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades absorbidas; aprobación, en su caso, del tipo y procedimiento de canje; aprobación, en su caso, del aumento de capital en la Sociedad absorbente Irisbus Holding, S.L. y consiguiente modificación del Artículo 5 de los Estatutos Sociales; todo ello de conformidad de los términos del proyecto de fusión suscrito por los Administradores y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 14 de abril de 2005. Tercero.-Declaración de los Administradores en relación con la posibles modificaciones sustanciales que, en su caso, se hubieran producido en el patrimonio de la Sociedad absorbente desde la fecha de redacción del proyecto de fusión. Cuarto.-Aprobación, si procede, del cambio de denominación de la Sociedad absorbente y consiguiente modificación del Artículo 1 de los Estatutos sociales, como consecuencia de la fusión. Quinto.-Aprobación, si procede, del cambio del objeto social de la Sociedad absorbente y consiguiente modificación del artículo 2 de los Estatutos Sociales, como consecuencia de la fusión. Sexto.-Aprobación, si procede, de la nueva composición y número de miembros del Consejo de Administración de la Sociedad absorbente, como consecuencia de la fusión. Séptimo.-Otorgamiento de facultades para la ejecución, elevación a público e inscripción de los acuerdos adoptados. Octavo.-Lectura y aprobación del Acta de la Junta.

Menciones relativas al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 14 de abril de 2005:

Primera.-Participan en la Fusión las Sociedades Irisbus Holding, S.L. en calidad de absorbente, domiciliada en Madrid, Avenida de Aragón 402, con CIF n.º B-61768511 en inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 14.100, folio 161, hoja número M-231665, y en calidad de absorbidas, las sociedades Iveco Pegaso, S.L., domiciliada en Madrid, Avenida de Aragón 402, con CIF n.º B-82712878 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 15.648, folio 1, hoja número M-263527 e Irisbus Ibérica, S.L., domiciliada en Madrid, Avenida de Aragón 402, con CIF n.º B-82197880 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 13817, folio 44, hoja número M-225863.

Segunda.-La fecha a partir de la cual las operaciones de Iveco Pegaso, S.L. e Irisbus Ibérica, S.L. habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de Irisbus Holding, S.L., será la del día 1 de enero de 2005. Tercera.-Las nuevas participaciones de Irisbus Holding, S.L., creadas como consecuencia de la fusión, darán derecho a participar en las ganancias sociales a partir del día 1 de enero de 2005. Cuarta.-La totalidad de las participaciones que se creen en Irisbus Holding, S.L. como consecuencia de la fusión serán asumidas por el socio único de dicha entidad, al ser titular, directo o indirecto, de la totalidad del capital social de todas las sociedades participantes en la fusión. Quinta.-Derechos y ventajas especiales: No existen, ni está previsto que existan, en la Sociedad absorbente, participaciones de clases especiales, ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio de las sociedades absorbidas que se extinguen como consecuencia de la fusión, ni, por consiguiente, se les ofrece ningún tipo de opción. Asimismo, no se atribuirán ventajas de ninguna clase, en ninguna de las sociedades participantes en la fusión, a favor de los administradores de ninguna de ellas, ni a favor de los expertos independientes, cuya intervención no es necesaria conforme el artículo 94.2 de la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Se hace constar el derecho que corresponde al socio de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Sociedades Anónimas, de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones propuestas y del informe sobre las mismas y demás documentos sometidos a la aprobación de la Junta y de pedir la entrega o envío gratuito de dichos documentos. Asimismo y de conformidad con los artículos 238 y 240 de la Ley de Sociedades Anónimas, se pone a disposición del socio y de los representantes de los trabajadores, habida cuenta la inexistencia de obligacionistas o titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales, todos los documentos mencionados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas, para su examen en el domicilio social.

Madrid, 13 de mayo de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de Irisbus Holding, S.L., Gema González García.-25.237.

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