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Documento BORME-C-2005-92269

OLARRIA 2.000, S. L. (Sociedad escindida) OLARRIA ALQUILERES, S. L. (Sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 13284 a 13284 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-92269

TEXTO

Con fecha 28 de febrero de 2005, la Junta general extraordinaria universal de socios de la sociedad Olarria 2.000, Sociedad Limitada, aprobó por unanimidad su escisión parcial, por la que segrega una parte de su patrimonio, que constituye una rama de actividad, recibiendo a cambio valores representativos del capital de la entidad adquirente, que se atribuirán a los socios de Olarria 2.000, Sociedad Limitada, en proporción a sus respectivas participaciones, reduciendo el capital social y las reservas en la cuantía necesaria, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión parcial depositado el día 9 de mayo de 2005 en el Registro Mercantil de Vizcaya.

Los acuerdos de escisión aprobados recogen: a) La segregación de parte del patrimonio social de Olarria 2.000, Sociedad Limitada, que es atribuido, en concepto de capital, a la sociedad beneficiaria de nueva creación. b) El importe de la cifra del capital social de la sociedad adquirente (Olarria Alquileres, Sociedad Limitada). c) La atribución de las participaciones de esta sociedad a los socios de Olarria 2.000, Sociedad Limitada mediante la reducción del capital social y reservas de esta compañía, siendo los detalles de las diversas operaciones los contenidos en el referido proyecto de escisión parcial.

Las operaciones correspondientes a la rama de actividad objeto de escisión se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria a partir de la fecha de otorgamiento de la escritura pública de escisión parcial. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad que se escinde a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del correspondiente balance de escisión. Que se reconoce expresamente el derecho que asiste a los acreedores de esta sociedad de oponerse a ésta en los términos previstos en el artículo 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión.

En Bilbao, 10 de mayo de 2005.-Presidente del Consejo de Administración, Esther López Muro.-22.365.

1.ª 16-5-2005.

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