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Documento BORME-C-2005-64066

LEONARDO VÁZQUEZ, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad escindida) ALICOM ALCOBENDAS, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal LEONARDO VÁZQUEZ, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Nueva sociedad a constituir) (Sociedades beneficiarias de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 64, páginas 8962 a 8962 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-64066

TEXTO

Escisión total

En cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público, para general conocimiento, que las Juntas Generales y Extraordinarias de las Sociedades «Leonardo Vázquez, Sociedad Limitada» y «Alicom Alcobendas, Sociedad Limitada», celebradas con carácter universal el día 15 de Marzo de 2005, acordaron por unanimidad, la escisión total de «Leonardo Vázquez, Sociedad Limitada» que quedará disuelta sin liquidación y dividirá la totalidad de su patrimonio social en dos partes, una de la cual (integrada por los terrenos y edificios) se traspasará en bloque a la sociedad ya existente «Alicom Alcobendas, Sociedad Limitada» y la otra (integrada por el resto del patrimonio social), se traspasará en bloque a la sociedad de nueva creación, que al amparo del Artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, adoptará la denominación de «Leonardo Vázquez, Sociedad Limitada». Las Sociedades beneficiarias adquirirán a título de sucesión universal la parte del patrimonio de la Sociedad escindida traspasado a cada una de ellas, y quedarán subrogadas en todos los derechos y obligaciones de aquélla correspondientes a la parte del patrimonio que les ha sido atribuido. La escisión se llevará a efecto según el Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 8 de marzo de 2005, y con los respectivos Balances cerrados a 31 de diciembre de 2004. Derecho de informacion y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de escisión descrita, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, y de los Balances de Escisión.

Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de escisión que consideren que les perjudican, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer y último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

En Madrid, a 16 de marzo de 2005.-El Administrador único de «Leonardo Vázquez, Sociedad Limitada» y «Alicom Alcobendas, Sociedad Limitada» y de la nueva sociedad a constituir «Leonardo Vázquez, Sociedad Limitada», don Leonardo Vázquez Cantalejo.-12.139.

2.ª 5-4-2005

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