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Documento BORME-C-2005-42045

INSPECCIONES TÉCNICAS DE MALLORCA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad escindida parcialmente) ESCISIÓN PATRIMONIAL I. T., SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 42, páginas 5721 a 5721 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-42045

TEXTO

Se hace público que la Junta General y Extraordinaria y Universal de socios de «Inspecciones Técnicas de Mallorca, Sociedad Anónima», celebrada el día 9 de febrero de 2005, aprobó por unanimidad la Escisión Parcial de la sociedad, mediante la segregación e una parte de su patrimonio social, que constituye una unidad económica autónoma, a favor de una sociedad de nueva creación «Escisión Patrimonial I. T., Sociedad Limitada», sociedad pendiente de constitución, en los términos y condiciones que constan en el proyecto de escisión, suscritos por los Administradores de la sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Palma de Mallorca. Como consecuencia de la Escisión Parcial se reduce el capital social de la sociedad «Inspecciones Técnicas de Mallorca, Sociedad Anónima» en la cantidad de treinta y nueve mil seiscientos ochenta y un euro con ochenta y cinco céntimos de euro (39.681,85 euros), mediante la disminución del valor nominal de todas y cada una de las acciones. En consecuencia el capital de la sociedad «Inspecciones Técnicas de Mallorca, Sociedad Anónima», una vez acordada la reducción indicada, queda fijado en la suma de trescientos veinte mil novecientos veinticinco euros con cuarenta y un céntimo de euro (320.925,41 euros), mediante la reducción del valor nominal de cada acción a razón de 66,136421 euros por acción, por lo que el capital pasa a estar representado por 600 acciones de 534,875683 euros de valor nominal cada una de ellas, constitutivas de dos series cuyo detalle es el siguiente:

A) Acciones de la serie A numeradas correlativamente del 1 al 240 que se hallan totalmente suscritas y desembolsadas.

B) Acciones de la serie B numeradas correlativamente del 1 a 360 que se hallan totalmente suscritas y desembolsadas.

El capital se halla íntegramente suscrito y desembolsado.

El artículo 5 de los Estatutos Sociales queda modificado en tal sentido.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión. Los acreedores pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir del último anuncio de escisión.

Palma de Mallorca, 9 de febrero de 2005.-Don Denis Marie Michel Willemin, Secretario del Consejo de Administración.-7.650. 1.ª 2-3-2005

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