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Documento BORME-C-2005-30068

MUNDO NEWLAR, S. L. (Sociedad absorbente) AZULOSA, S. L. GRANATUBO, S. L. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 30, páginas 3994 a 3995 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-30068

TEXTO

Anuncio de Acuerdo de Fusión

Las juntas universales extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el 4 de febrero de 2.005, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los balances de 31 de octubre de 2.004, también aprobados por las juntas, mediante absorción por «Mundo Newlar, S. L.» de «Azulosa, S. L.» y «Granatubo, S. L.» , inscritas en el Registro Mercantil de Almería, de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en ese Registro el 23 de diciembre de 2004, depósito publicado en el BORME número 009 del 14 de enero de 2005, el cual fue también aprobado por unanimidad por la junta. Como consecuencia de la absorción se modifica el artículo 5 de la sociedad absorbente, de tal modo que el capital social de la misma fue ampliado hasta doscientos doce mil seiscientos treinta y nueve euros con ochenta y un céntimos (212.639,81 €). Las relaciones de canje son: Para «Azulosa, S. L.» por cada participacion social de Azulosa, S. L. se entregan 66,86667 participaciones sociales de Mundo Newlar, S. L.; y para «Granatubo, S. L.» por cada participación social de Granatubo, S. L. se entregan 3,900667 participaciones sociales de Mundo Newlar, S. L. Las nuevas participaciones sociales dan derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, fijada en el 1 de enero de 2005.

Los titulares de participaciones sociales de las sociedades absorbidas habrán de presentar, a efectos de su canje por participaciones sociales de la sociedad absorbente, los títulos o documentos que acrediten de manera suficiente dicha titularidad en el domicilio social de la absorbente y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que, inscrita la fusión, los señores socios de las sociedades absorbidas reciban noticia de tal inscripción mediante carta certificada cursada por la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Almería, 7 de febrero de 2005.-El Administrador Solidario de Mundo Newlar, S. L., Azulosa, S. L. y Granatubo, S. L., Antonio Jesús Ortega Montes.-5.360.

1.ª 14-2-2005

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