Está Vd. en

Documento BORME-C-2005-189010

CONGELADOS HERBANIA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) COHEJUB, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) ANTIGUA VERDE, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 29256 a 29257 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-189010

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el 30 de junio de 2005, aprobaron por unanimidad la fusión de las referidas sociedades mediante la absorción de «Cohejub, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, y «Antigua Verde, Sociedad Limitada», como sociedades absorbidas, por la entidad «Congelados Herbania, Sociedad Anónima», como sociedad absorbente, que adquiere a título universal el patrimonio de las primeras que se disuelven sin liquidación, en los términos del proyecto de fusión depositado en los Registros Mercantiles correspondientes a cada una de las sociedades participantes. Asimismo, se aprobaron los balances de fusión de cada una de las compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2004. Por tratarse de una fusión por absorción de entidades íntegramente participadas, de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede relación de canje, ni los informes de los Administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión. Los efectos contables de la fusión se retrotraerán al 1 de enero de 2005. Los estatutos sociales de la sociedad absorbente no sufrirán modificación alguna. Se hace constar el derecho de los socios o, en su caso, accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último de los anuncios de los presentes acuerdos.

En Las Palmas de Gran Canaria y Puerto del Rosario, 21 de septiembre de 2005.-Don Augusto Brito Soto y don Eusebio Jorge Soto Soto, administradores mancomunados de las entidades «Congelados Herbania, Sociedad Anónima», «Cohejub, Sociedad Limitada», y «Antigua Verde, Sociedad Limitada».-49.501.

2.ª 4-10-2005

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid