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Documento BORME-C-2005-139058

GRUPO HISPATEC SOLUCIONES GLOBALES, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbente) GRUPO HISPATEC LOGÍSTICA, S. L. Unipersonal EUROVÍA CONTRATACIONES, S. L. Unipersonal EUROVÍA SISTEMAS, S. L. Unipersonal GRUPO HISPATEC INTEGRAL FACTORING, S. L. Unipersonal TELEBASE, S. L. Unipersonal ESPACIO B2B, SOLUCIONES DE NEGOCIO, S. L. Unipersonal EUROVÍA TELECOM, S. L. Unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 20983 a 20983 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-139058

TEXTO

Anuncio de fusión

Se hace público que los respectivos socios únicos de las sociedades referidas en el encabezamiento decidieron, el 30 de junio de 2005, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por «Grupo Hispatec Soluciones Globales, Sociedad Limitada Unipersonal» (Sociedad absorbente) , de «Grupo Hispatec Logística, Sociedad Limitada Unipersonal», «Eurovía Contrataciones, Sociedad Limitada Unipersonal», «Eurovía Sistemas, Sociedad Limitada Unipersonal», «Grupo Hispatec Integral Factoring, Sociedad Limitada Unipersonal», «Telebase, Sociedad limitada Unipersonal», «Espacio B2B, Soluciones de Negocio, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Eurovía Telecom, Sociedad Limitada Unipersonal» (Sociedades absorbidas), con disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos, a título universal, a la Sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los órganos de Administración de las sociedades intervinientes, depositado en el Registro Mercantil de Almería. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente será, según resulta del citado proyecto de fusión, el 1 de enero de 2005.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los balances de fusión. Del mismo modo se reconoce el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión.

Almería, 4 de julio de 2005.-D. Carlos Olmedo Alonso, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de «Grupo Hispatec Soluciones Globales, S.L. (Sociedad Unipersonal)»; D. Francisco Manuel Pérez Ferrón y D.ª María José López Giménez, Administradores mancomunados de «Grupo Hispatec Logística, S.L. (Sociedad Unipersonal)», «Eurovía Contrataciones, S.L. (Sociedad Unipersonal)», «Eurovía Sistemas, S.L. (Sociedad Unipersonal)», «grupo Hispatec Integral Factoring, S.L. (Sociedad Unipersonal)», «Telebase, S.L. (Sociedad Unipersonal)», «Espacio B2B, Soluciones de Negocio, S.L. (Sociedad Unipersonal)» y «Eurovía Telecom, S.L. (Sociedad Unipersonal) .-40.223. 2.ª 21-7-2005

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