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Documento BORME-C-2005-139037

EMPRESA MUNICIPAL DE DESENVOLUPAMENT URBÀ DE CORNELLÀ, S. A. (Sociedad absorbente) REVOLT DEL LLOBREGAT, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 20980 a 20981 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-139037

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 242 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por medio del presente anuncio se hace público lo siguiente:

Que las Juntas generales extraordinarias de accionistas celebradas el día 29 de junio de 2005, por la «Empresa Municipal de Desenvolupament Urbà de Cornellà, Sociedad Anónima» y «Revolt del Llobregat, Sociedad Limitada», ésta última con carácter universal, acordaron, por unanimidad lo siguiente: Aprobar la Fusión de la «Empresa Municipal de Desenvolupament Urbà de Cornellà, Sociedad Anónima» y la sociedad «Revolt del Llobregat, Sociedad Limitada», mediante la disolución de esta última y absorción en bloque de su patrimonio social por la primera, que se hará cargo de todos sus bienes, derechos y obligaciones de toda clase y de todas sus actividades, subrogándose, en consecuencia, de forma automática en éstas.

Esta fusión se acordó con conformidad al proyecto de fusión suscrito por los respectivos órganos de administración, que fue depositado con el número 179 en el Registro Mercantil de Barcelona. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, será la de otorgamiento de la correspondiente escritura de fusión. No se otorga ningún tipo de derechos especiales, ni ventajas a los socios ni administradores.

Lo cual se pone en general conocimiento, haciéndose constar el derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, pueden ejercer los acreedores, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Cornellà de Llobregat, 12 de julio de 2005.-El Presidente de la Empresa Municipal de Desenvolupament Urbà de Cornellà, S. A., D. Antonio Balmón Arévalo y El Presidente de Revolt del Llobregat, S. L., D. Antonio Martínez Flor.-40.130. 1.ª 21-7-2005

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