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Documento BORME-C-2005-134122

WRIGLEY CO, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbente) JOYCO INVERSIONES, S. L. Unipersonal JOYCO ESPAÑA, S. A. Unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 20376 a 20376 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-134122

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el Socio Único de las sociedades Wrigley Co, Sociedad Anónima Unipersonal («Wrigley Co»), Joyco Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal («Joyco Inversiones») y Joyco España, Sociedad Anónima Unipersonal («Joyco España»), el 29 de junio de 2005, después de aprobar tanto el Balance de Fusión como el Proyecto de Fusión, aprobaron la fusión por absorción de Joyco Inversiones y Joyco España por Wrigley Co, con la extinción de la personalidad jurídica de las Sociedades Absorbidas y la transmisión de su patrimonio en bloque a la Sociedad Absorbente, como sucesora universal, comprendiendo todos los elementos que integran el activo y el pasivo de las Sociedades Absorbidas, quedando la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de las mismas, en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión, todo ello conforme al proce-dimiento de fusión regulado por la Sección Segunda del Capítulo VIII de la Ley de Sociedades Anónimas y, especialmente, por el artículo 250 del referido texto legal, por ser la Sociedad Absorbente titular del 100 por cien de las participaciones en que se divide el capital social de Joyco Inversiones y ésta última, a su vez, titular del 100 por cien de las acciones en que se divide el capital social de Joyco España, por lo que la Sociedad Absorbente es titular directo o indirecto de la totalidad del capital social de las Sociedades Absorbidas. El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al Proyecto de Fusión, que fue redactado, suscrito y aprobado por los respectivos órganos de administración de dichas sociedades el 20 de mayo de 2005, y fue posteriormente presentado para su depósito en el Registro Mercantil de Barcelona.

Se hace constar que no existen obligacionistas ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones en ninguna de las sociedades que participan en la fusión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace asimismo constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado a partir de la fecha del último anuncio de fusión.

Barcelona, 5 de julio de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de las sociedades Wrigley Co, Sociedad Anónima Unipersonal, Joyco Inversiones, Sociedad Limitada Unipersonal y Joyco España, Sociedad Anónima Unipersonal, don Alberto Núñez-Lagos Burguera.-38.873. 2.ª 14-7-2005

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