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Documento BORME-C-2005-134063

INFINITY COMUNICACIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) INTERACTIVE CORP, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 20368 a 20368 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-134063

TEXTO

Anuncio de Fusión por absorción

A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el acuerdo de fusión adoptado por la Junta Ordinaria y Universal de Accionistas de Infinity Comunicaciones, Sociedad Anónima y la Junta General de Socios de Interactive Corp, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, ambas de fecha 30 de junio de 2005. La fusión se lleva a término mediante la absorción por Infinity Comunicaciones, Sociedad Anónima de Interactive Corp, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida traspasándose en bloque, a título universal, el patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente que adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones. Por tratarse de una fusión impropia (Ley de Sociedades Anónimas artículo 250) no es necesario indicarse el tipo de canje de las acciones ni el procedimiento para su realización, puesto que no procede ampliación de capital en la absorbente para integrar el patrimonio de la absorbida. La citada fusión por absorción se acordó conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona para Infinity Comunicaciones, Sociedad Anónima el día 3 de junio de 2005 y para Interactive Corp, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, en el Registro Mercantil de Madrid el día 17 de junio de 2005, y a los Balances de fusión de ambas sociedades cerrados al 31 de diciembre de 2004. La fusión tiene efectos contables desde el día 1 de enero de 2005.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión de cada sociedad, de conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer anuncio de la fusión, en los términos previstos en el ar-tículo 166 de la citada Ley, no pudiendo realizarse la fusión hasta que transcurra dicho plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 1 de julio de 2005.-Presidente del Consejo de Administración de Infinity Comunicaciones, Sociedad Anónima y Administrador único de Interactive Corp, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal. Gabriel Navarro Martorell.-38.872. 2.ª 14-7-2005

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