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Documento BORME-C-2005-132119

NEWELL IBERIA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) COMERCIAL DECORATIVA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal NEWELL RUBBERMAID IBERIA, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 20127 a 20127 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-132119

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de Socios de Newell Iberia, Sociedad Limitada y el socio único de Comercial Decorativa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal y de Newell Rubbermaid Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, con fecha 30 de junio de 2005, después de aprobar el proyecto de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas por la sociedad absorbente, redactado por los órganos de administración de todas las sociedades, acordaron aprobar la fusión de estas sociedades mediante la absorción de Comercial Decorativa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal y Newell Rubbermaid Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, por Newell Iberia, Sociedad Limitada, con el consiguiente traspaso en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas a favor de la sociedad absorbente, como sucesora universal, comprendiendo todos los elementos que integran el activo y pasivo de las sociedades absorbidas, y quedando Newell Iberia, Sociedad Limitada subrogada en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión por absorción depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 24 de junio de 2005, y todo ello conforme al procedimiento de fusión regulado por la Sección Segunda del Capítulo VIII del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de Newell Iberia, Sociedad Limitada, Comercial Decorativa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal y Newell Rubbermaid Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 del mismo texto legal, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción, asiste a los acreedores de estas sociedades en los términos previstos en dicho artículo.

Madrid, 1 de julio de 2005.-El Secretario del Consejo de Administración de Newell Iberia, Sociedad Limitada, don Santiago García García; el Administrador Solidario de Comercial Decorativa, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, don Alessandro Strati; y el Administrador Solidario de Newell Rubbermaid Iberia, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, don Julián Merino Baeza.-37.966.

1.ª 11-7-2005

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