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Documento BORME-C-2004-77029

GORBEA DE ARRENDAMIENTOS, S. L. (Sociedad absorbente) BERRETIN, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 77, páginas 10948 a 10948 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-77029

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales universales y extraordinarias de las sociedades Gorbea de Arrendamientos, Sociedad Limitada, y Berretin, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, celebradas el 6 de abril de 2004, aprobaron por unanimidad los acuerdos de fusión mediante la absorción de Berretin, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, por Gorbea de Arrendamientos, Sociedad Limitada, conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 12 de marzo de 2004. Fueron aprobados los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2003, que en el caso de Gorbea de Arrendamientos, Sociedad Limitada, ha sido previamente verificado por los auditores de cuentas de la sociedad.

Dado que Berretin, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, se encuentra íntegramente participada por Gorbea de Arrendamientos, Sociedad Limitada, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede el aumento de capital de la sociedad absorbente ni la elaboración de los informes de los Administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

Las operaciones realizadas por Berretin, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, a partir del 1 de enero de 2004 se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de Gorbea de Arrendamientos, Sociedad Limitada.

La fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno, ni se otorgan ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades que se fusionan. No existen clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el texto legal ya citado, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del reiterado texto legal. Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, a 7 de abril de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de Gorbea de Arrendamientos, Sociedad Limitada. José María Hernández Ontoria. Administrador Único de Berretin, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal. Luis Antonio Ortiz de Abaunza.-14.185.

y 3.a 23-4-2004.

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