Está Vd. en

Documento BORME-C-2004-71020

IGUALATORIO MÉDICO QUIRÚRGICO, S.A. DE SEGUROS Sociedad unipersonal (Sociedad escindida) IGUALATORIO MÉDICO QUIRÚRGICO, S.A. DE SEGUROS Sociedad unipersonal SOCIEDAD DE SERVICIOS DEL IGUALATORIO MÉDICO QUIRÚRGICO, S.A. DE SEGUROS Sociedad unipersonal (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 71, páginas 10201 a 10201 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-71020

TEXTO

Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión expresa del artículo 254 de dicha Ley, se hace público que el Socio único de Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. de Seguros (Sociedad unipersonal), adoptó con fecha 29 de marzo de 2004 la decisión de escisión total de la sociedad Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. de Seguros (Sociedad unipersonal), con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque a dos sociedades beneficiarias de nueva creación denominadas Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. de Seguros (Sociedad unipersonal), y Sociedad de Servicios del Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. (Sociedad unipersonal).

Las Sociedades beneficiarias se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, con disolución sin liquidación de la Sociedad escindida. Todo ello de conformidad con el Proyecto de escisión total suscrito por el Consejo de Administración de la Sociedad escindida, Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. de Seguros (Sociedad unipersonal), con fecha 18 de diciembre de 2003, depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya, y sobre la base del Balance de la Sociedad escindida cerrado a 30 de septiembre de 2003, que fue aprobado por decisión del Socio único como Balance de escisión.

En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la citada Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, y a oponerse a ella con los efectos legalmente previstos en el plazo de un (1) mes a contar desde el último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la citada Ley de Sociedades Anónimas.

Bilbao, 30 de marzo de 2004.-El Presidente del Consejo de Administración de Igualatorio Médico Quirúrgico, S.A. de Seguros (Sociedad unipersonal), Pedro Ensunza Lamikiz.-13.252.

y 3.a 15-4-2004.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid