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Documento BORME-C-2004-47054

MAHESURI, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 47, páginas 6601 a 6601 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-47054

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artíulo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, en fecha 4 de marzo de 2004, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Mahesuri Sociedad Anónima, tomó, entre otros, el acuerdo de aumentar el capital social de la entidad mediante aportaciones dinerarias, en la cifra de hasta 399.665 euros, mediante la emisión de hasta 6.650 acciones nominativas, de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, y con el mismo contenido de derechos que las anteriores.

Los accionistas interesados en ejercitar total o parcialmente su derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones nominativas emitidas deberán dirigir al órgano de administración de la sociedad, antes de que expire el plazo de un mes desde la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, una comunicación por escrito dirigida al domicilio social, comunicando el derecho de suscripción preferente que les asiste e indicando las acciones nominativas que desean suscribir, en proporción a las acciones que ya posea el accionista en la sociedad.

Las cantidades que cada accionista deba desembolsar como consecuencia de la ampliación deberán hacerse efectivas en el mismo momento en que se efectúe la suscripción de las acciones. Dicho desembolso será íntegro, se hará efectivo mediante aportación dineraria y deberá realizarse mediante ingreso en efectivo o transferencia bancaria a la cuenta de la que es titular la sociedad en la entidad Ibercaja, Agencia Urbana, 54, sita en Madrid, Avenida General, 32 (Barajas).

Si transcurrido el plazo de un mes indicado anteriormente, existiesen acciones no suscritas al no haber hecho uso alguno de los socios del derecho de suscripción preferente, podrán ser suscritas por el resto de accionistas que sí hubiesen hecho uso de tal derecho. En tal caso, el órgano de administración ofrecerá a tales accionistas, en el plazo de dos días hábiles, las acciones no suscritas y éstos deberán comunicar a la sociedad, en el plazo de un día hábil a contar desde el ofrecimiento, el número de acciones que, en su caso, desean suscribir, disponiendo de un plazo de dos días hábiles desde la recepción de esta comunicación por la Sociedad, para desembolsar el importe de las acciones que desee suscribir. En el caso de que no sea suscrita la totalidad de la ampliación, la misma se llevará a efecto únicamente en el importe suscrito.

Madrid, 5 de marzo de 2004.-El Administrador único, José María Madrid Herranz.-8.432.

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