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Documento BORME-C-2004-3021

DIAGEO ESPAÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA, Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) CRESCENDALIA 2000, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 3, páginas 530 a 530 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-3021

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de accionistas de las sociedades "Diageo España, S.A. Sociedad Unipersonal", y "Crescendalia 2000, S.A.", han acordado por unanimidad, con fecha 15 de Diciembre de 2003, aprobar la fusión por absorción de "Crescendalia 2000, S.A.", por "Diageo España, S.A. Sociedad Unipersonal", con disolución sin liquidación de aquella y transmisión el bloque de su patrimonio social a "Diageo España, S.A. Sociedad Unipersonal".

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede aumentar el capital social de "Diageo España, S.A.

Sociedad Unipersonal", como resultado de la fusión, ni la elaboración de los informes de administradores y de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco establecer el tipo de canje de las acciones, ni el procedimiento en virtud del cual serán canjeadas las acciones de la sociedad que se extingue.

La fusión por absorción se acordó en los términos del Proyecto de Fusión de fecha 7 de noviembre de 2003, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, en función a los Balances cerrados a 30 de Junio de 2003. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente será la de 1 de Julio de 2003.

Se manifiesta la inexistencia de obligacionistas y de titulares de acciones de clases especiales y de derechos especiales distintos de las acciones, y no se va a otorgar ventaja, ni privilegio alguno a los administradores de las sociedades participantes en la fusión por absorción.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participadas en la Fusión de obtener el Texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Para ejercitar su derecho de oposición y de conformidad con el Artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores dispondrán del plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

En Pozuelo de Alarcón (Madrid), 15 de diciembre de 2003.-Los Administradores de las Sociedades "Diageo España, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal": Don Manuel Fernández de Bobadilla y García del Salto, don Vicente Dalda García-Taheño, don Javier Barruetabeña Cobo, don Ian Meakins representado por don Manuel Fernandez Bobadilla y García del Salto.-Los Administradores de "Crescendalia 2000, Sociedad Anónima": Don Francisco García Molina, don Juan Antonio Martínez González, doña Elena Pérez Ferraro.-57.953.

y 3.a 7-1-2004.

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