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Documento BORME-C-2004-240084

YAWARA, S. A. (Sociedad escindida parcialmente) CLANAMARC, S. L. (Sociedad beneficiaria de nueva constitución)

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 36375 a 36375 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-240084

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido Ley Sociedades Anónimas se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad Yawara, Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social el 25 de noviembre de 2004, acordó por unanimidad la escisión parcial de la Sociedad, traspasándose en bloque y a título universal a Clanamarc, Sociedad Limitada (sociedad de nueva constitución), el patrimonio afecto a la actividad de tenencia y gestión de acciones y participaciones sociales. Como consecuencia del acuerdo de escisión parcial se acordó por unanimidad reducir el capital social de Yawara, Sociedad Anónima , en la cifra de 7.212,00 euros, mediante la amortización de 60 acciones en circulación números 520 a 570, ambos inclusive y números 592 a 600 ambos inclusive, de 120,20 euros de valor nominal cada una, dejando el capital social en la cifra de 64.908,00 euros, y modificar el artículo 6.º de los Estatutos Sociales, que en lo sucesivo pasará a tener el siguiente tenor literal:

Artículo 6.º El capital social es de sesenta y cuatro mil novecientos ocho euros (64.908,00 euros), dividido en 540 acciones, ordinarias, nominativas y de una sola serie números 1 a 519 ambos inclusive y números 571 a 591 ambos inclusive de valor nominal 120,20 euros cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas.

A su vez Clanamarc, Sociedad Limitada (sociedad de nueva constitución) con un capital social de siete mil doscientos doce 7.212,00 euros, es la beneficiaria del proceso de escisión parcial de Yawara, Sociedad Anónima, al aportarse a aquélla la totalidad del patrimonio afecto a la rama de actividad relativa a la tenencia y gestión de acciones y participaciones sociales.

Se hace constar expresamente del derecho de los accionistas y acreedores de Yawara, Sociedad Anónima a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de la Sociedad escindida podrán oponerse a dichos acuerdos durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión parcial en los términos establecidos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 25 de noviembre de 2004.-El Administrador Único de Yawara, Sociedad Anónima. Pablo Romero Monterde.-55.908. 2.ª 15-12-2004

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