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Documento BORME-C-2004-208018

GERARDPATRI, S. L. (Sociedad absorbente) GARAJE SAN JOSÉ ORIOL, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 31130 a 31130 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-208018

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA), por remisión a la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público, que las respectivas Juntas generales extraordinarias de las sociedades «Garaje San José Oriol, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal)» y Gerardpatri, Sociedad Limitada, celebradas con carácter universal el 30 de septiembre de 2004, aprobaron por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de Garaje San José Oriol, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal), por parte de Gerardpatri, Sociedad Limitada, con entera transmisión del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del Activo y del Pasivo de dicha sociedad, subrogándose Gerardpatri, Sociedad Limitada en todos los derechos y obligaciones de Garaje San José Oriol, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal), que quedará disuelta y extinguida sin liquidación. La fusión se aprueba en los términos previstos en el proyecto de fusión, presentado para su depósito en el Registro Mercantil de Tarragona el día 27 de agosto de 2004. Las Juntas generales de ambas compañías aprobaron el Balance de fusión, cerrado el 30 de junio de 2004, y fijaron el día 1 de julio de 2004 como fecha a partir de la cual las operaciones se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos y en la forma prevista en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Tortosa, 1 de octubre de 2004.-El Administrador único de «Garaje San José Oriol, Sociedad Limitada» (sociedad unipersonal) y de Gerardpatri, Sociedad Limitada, Gerardo Espuny Blanch.-47.611. 2.ª 26-10-2004

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