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Documento BORME-C-2004-16017

CAIXA DE MANRESA MUNDIBORSA, F.I.M. (Fondo absorbente) CAIXAMANRESA OPORTUNITATS GLOBALS, F.I.M. (Fondo absorbido)

Publicado en:
«BORME» núm. 16, páginas 2417 a 2417 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-16017

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público: Que con fecha 26 de noviembre de 2002, el Consejo de Administración de Gesmanresa, Sociedad Anónima, S.G.I.I.C., como sociedad gestora de los fondos de inversión Caixa de Manresa Mundiborsa, F.I.M. (fondo absorbente) y Caixamanresa Oportunitats Globals, F.I.M. (fondo absorbido), aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los mencionados fondos.

Que con fecha 23 de enero de 2003, el Consejo de Administración de Caixa d'Estalvis de Manresa, como entidad depositaria de los mencionados fondos, aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los citados fondos.

Que con fecha 26 de diciembre de 2003 el Vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el proyecto de fusión de los citados fondos presentado por dichas entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de Caixa de Manresa Mundiborsa, F.I.M. (fondo absorbente) y Caixamanresa Oportunitats Globals, F.I.M. (fondo absorbido) con disolución sin liquidación del fondo absorbido y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos al fondo absorbente, sucediendo a título universal en todos sus derechos y obligaciones al fondo absorbido.

Que como consecuencia de lo anterior, y a los efectos de lo establecido en la legislación vigente en materia de Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica a los partícipes de los fondos afectados el derecho de separación que les asiste, ejercitable en el plazo de 30 días a contar desde la fecha de publicación de este anuncio o de la remisión de la oportuna comunicación individualizada a los partícipes, sin deducción de comisión de reembolso ni gasto alguno.

Que, asimismo, los acreedores de los fondos participantes en la fusión podrán oponerse a la misma en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 106 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Que de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del proyecto de fusión.

Manresa, 15 de enero de 2004.-Pere Ribera Sellares, Secretario del Consejo de Administración.-1.364. y 3.a 26-1-2004.

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